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LAS BICICLETAS NO PODRÁN CIRCULAR POR LA ACERA EN ZARAGOZA
- J4M
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12 años 8 meses antes #11988
por J4M
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www.J4M.es
La mejor manera de predecir el futuro es creándolo
ATENCIÓN.
La circulación de bicicletas está regulada por la misma ordenanza que regula a los patinadores en Zaragoza.
Esperemos que no lo hagan extensivos a los patinadores.
Está en nosotros dar imagen de cívicos circulando por las aceras "a velocidad de peatón", no utilizando a los peatones como conos a esquivar y transmitiendo "tranquilidad".
De lo contrario, nos veremos con este problema tarde o temprano:
__________
HERALDO DE ARAGON, 02/03/12:
Las bicicletas no podrán circular por las aceras
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha anulado la autorización que dictó el Ayuntamiento de Zaragoza para permitir la circulación de bicicletas por las aceras de la capital aragonesa.
En su sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA asegura, en respuesta al recurso de los demandantes, que el Consistorio zaragozano contravino la Ley de Seguridad Vial en varios de los artículos de su Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Ciclistas de 2009, a pesar de ser una norma general de obligado cumplimiento.
En su fundamentación jurídica, los magistrados resaltan que la norma estatal establece que el ciclista tiene la condición de conductor de vehículo, y que la acera y la zona peatonal es una zona destinada al tránsito de peatones, "en ambos casos sin excepción alguna".
Resaltan a este respecto que "las aceras y zonas peatonales son de uso exclusivo de peatones, autorizándose su ocupación con carácter general por vehículos particulares sólo en caso de cruzarlas, por pasos habilitados y con obligación de dejar pasar a los peatones".
El tribunal anula, entre otros, el artículo 17 de la Orden Municipal que define las zonas residenciales y peatonales al no establecer la exclusión de vehículos particulares; y el 28, al autorizar la circulación de bicicletas con carácter general.
También suprime el anexo de la referida orden al definir los conceptos "acera compartida" y "acera bici sugerida", puesto que ambos casos "parten de la ocupación no permitida para las bicicletas de espacios destinados a uso peatonal".
Aspectos sociales y políticos
Los magistrados admiten que su resolución contiene aspectos de carácter social y político, pero destacan al tiempo que no son susceptibles de ser valorados por el tribunal al ir en contra de las normas generales.
Subrayan en este sentido que la argumentación jurídica contenida en el fallo se centra en "entender" que el Ayuntamiento de Zaragoza solo tiene facultades para dictar la ordenanza referida al amparo de lo previsto en la Ley de Seguridad Vial.
Tras hacerse pública la sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, los recurrentes han anunciado que instarán la inmediata ejecución de la resolución "por razones de seguridad vial".
En un comunicado, consideran que "la batalla no estará ganada" hasta que la autoridad municipal no exija el cumplimiento de la normativa genera.
Añaden que "la inhibición del Ayuntamiento de Zaragoza y de la Policía Local ante el problema hasta la fecha hace suponer que se seguirá haciendo la vista gorda", algo que, en su opinión, "podría constituir un caso de prevaricación que debiera analizar la fiscalía".
El Ayuntamiento recurrirá
Por otra parte, el Ayuntamiento de Zaragoza ha informado su intención de recurrir la sentencia, que deroga distintos artículos de una ordenanza que fue aprobada por unanimidad en el pleno y consensuada con el Observatorio de la Bicicleta.
Según el Ayuntamiento, el recurrente pedía la derogación de los mismos aspectos de la ordenanza de Sevilla, ciudad a la que el Tribunal Supremo le dio finalmente la razón.
La circulación de bicicletas está regulada por la misma ordenanza que regula a los patinadores en Zaragoza.
Esperemos que no lo hagan extensivos a los patinadores.
Está en nosotros dar imagen de cívicos circulando por las aceras "a velocidad de peatón", no utilizando a los peatones como conos a esquivar y transmitiendo "tranquilidad".
De lo contrario, nos veremos con este problema tarde o temprano:
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HERALDO DE ARAGON, 02/03/12:
Las bicicletas no podrán circular por las aceras
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha anulado la autorización que dictó el Ayuntamiento de Zaragoza para permitir la circulación de bicicletas por las aceras de la capital aragonesa.
En su sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA asegura, en respuesta al recurso de los demandantes, que el Consistorio zaragozano contravino la Ley de Seguridad Vial en varios de los artículos de su Ordenanza Municipal de Circulación de Peatones y Ciclistas de 2009, a pesar de ser una norma general de obligado cumplimiento.
En su fundamentación jurídica, los magistrados resaltan que la norma estatal establece que el ciclista tiene la condición de conductor de vehículo, y que la acera y la zona peatonal es una zona destinada al tránsito de peatones, "en ambos casos sin excepción alguna".
Resaltan a este respecto que "las aceras y zonas peatonales son de uso exclusivo de peatones, autorizándose su ocupación con carácter general por vehículos particulares sólo en caso de cruzarlas, por pasos habilitados y con obligación de dejar pasar a los peatones".
El tribunal anula, entre otros, el artículo 17 de la Orden Municipal que define las zonas residenciales y peatonales al no establecer la exclusión de vehículos particulares; y el 28, al autorizar la circulación de bicicletas con carácter general.
También suprime el anexo de la referida orden al definir los conceptos "acera compartida" y "acera bici sugerida", puesto que ambos casos "parten de la ocupación no permitida para las bicicletas de espacios destinados a uso peatonal".
Aspectos sociales y políticos
Los magistrados admiten que su resolución contiene aspectos de carácter social y político, pero destacan al tiempo que no son susceptibles de ser valorados por el tribunal al ir en contra de las normas generales.
Subrayan en este sentido que la argumentación jurídica contenida en el fallo se centra en "entender" que el Ayuntamiento de Zaragoza solo tiene facultades para dictar la ordenanza referida al amparo de lo previsto en la Ley de Seguridad Vial.
Tras hacerse pública la sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, los recurrentes han anunciado que instarán la inmediata ejecución de la resolución "por razones de seguridad vial".
En un comunicado, consideran que "la batalla no estará ganada" hasta que la autoridad municipal no exija el cumplimiento de la normativa genera.
Añaden que "la inhibición del Ayuntamiento de Zaragoza y de la Policía Local ante el problema hasta la fecha hace suponer que se seguirá haciendo la vista gorda", algo que, en su opinión, "podría constituir un caso de prevaricación que debiera analizar la fiscalía".
El Ayuntamiento recurrirá
Por otra parte, el Ayuntamiento de Zaragoza ha informado su intención de recurrir la sentencia, que deroga distintos artículos de una ordenanza que fue aprobada por unanimidad en el pleno y consensuada con el Observatorio de la Bicicleta.
Según el Ayuntamiento, el recurrente pedía la derogación de los mismos aspectos de la ordenanza de Sevilla, ciudad a la que el Tribunal Supremo le dio finalmente la razón.
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